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Ayudas a afectados por ERTEs, EREs, y despidos por COVID

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Ayudas a afectados por ERTEs, EREs, y despidos por COVID

Desde el día 11/11/2021 hasta el día 10/12/2021

1. Objeto del procedimiento.

Ayudas económicas de 200 € a las personas que estén en alguno de los siguientes supuestos:

  • Que se hayan visto afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), de al menos 30 días de duración, en algún momento entre el 14 de marzo de 2020 y la fecha de presentación de la solicitud, y que la empresa no haya completado la retribución hasta el 100%.
  • Que se hayan visto afectadas por un expediente de regulación de empleo (ERE), en algún momento entre el 14 de marzo de 2020 y la fecha de presentación de la solicitud.
  • Que hayan sido despedidas con posterioridad al 14 de marzo de 2020 y no hayan trabajado más de 3 meses de los últimos 12, contados hasta la fecha de presentación de la solicitud.

Las ayudas se harán efectivas en una tarjeta precargada y gratuita que se enviará a domicilio a los beneficiarios, y se podrá gastar en cualquiera de los comercios locales adheridos.

2. Documentación que hay que aportar.

  • Solicitud según modelo oficial.
  • Para los afectados por ERTE o ERE, documento acreditativo del mismo. Podrá ser la comunicación de la situación de ERTE o ERE, o bien carta de despido donde se acredite la situación de ERTE o ERE, o bien certificado de empresa que identifique los datos del trabajador/a y ERTE correspondiente, o certificado del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
  • Para desempleados, el documento de alta y renovación de demanda de empleo (DARDE) de Labora, Servicio Valenciano de Empleo y Formación.

3. Tasas o precios públicos y formas de pago.

No está sometida a tasa alguna.

4. Consultas.

  • Departamento: Promoción económica y empleo
  • Teléfono: 960611376
  • daniel.sebastia@pucol.es

5. Resolución

  • Junta de Gobierno, previo informe técnico y fiscalización
  • Plazo: 3 meses, de acuerdo con las bases de la convocatoria.
  • Silencio administrativo: Negativo
  • Recursos: los establecidos legalmente

6. Normativa.

  • Bases de la Convocatoria.
  • Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

7. Forma de presentación:

Preferentemente on-line a través del botón “Nueva instancia” al final de esta página.

Documentación

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE PUÇOL - P4620700G
Beato Ribera, 15
46530 Puçol (Valencia)
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