1. Objeto del procedimiento.
A los efectos de la normativa urbanística, se entiende por información urbanística toda la información de la que dispongan las Administraciones Públicas, en todo tipo de soporte material en que figuren, referida a las determinaciones de los instrumentos de ordenación del territorio, planeamiento y gestión urbanística aprobados, y en general al régimen del suelo y condiciones de naturaleza urbanística de los terrenos.
La información escrita genérica consiste en la contestación escrita a consultas concretas que planteen los interesados por escrito presentado en el Registro Municipal. Puede adoptar la forma de Informe o certificado.
Este trámite permite solicitar un Certificado o Informe de carácter urbanístico
2. Documentación que hay que aportar.
Instancia, según modelo normalizado, si la presentación es de forma presencial o cumplimentar el formulario electrónico a través del procedimiento on-line, en el que se hace constar los datos del inmueble, y que son los siguientes:
3. Tasas o precios públicos y formas de pago.
Puede liquidarse la tasa entrando en el Portal Tributario y seleccionar “Tasa por expedición de documentos administrativos”. Para una mayor celeridad en la tramitación, adjunte el justificante del pago con la documentación del apartado anterior.
4. Consultas.
5. Resolución
6. Normativa.
7. Forma de presentación.
Personas físicas: Pueden elegir entre presentación telemática o presencial:
Personas jurídicas: Tendrán que presentar los documentos ÚNICAMENTE de manera telemática, pulsando el botón “Nueva instancia” situado al final de esta página, para iniciar el trámite.
8. Declaración responsable.
Declara bajo su expresa responsabilidad: